Asiento 1: En marzo de 2011 adquirimos una máquina por 300.000 Euros más el 18% de IVA (48.000 es el IVA total). La empresa realiza dos actividades: la actividad de enseñanza (exenta de IVA) y la realización de trabajos de traducción (sujeta a IVA). El porcentaje de prorrata provisional del año 2011 es del 60%, lo cual permite deducir en el momento de la compra 24.000 Euros (0.6 x 16% x 300.000).
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Asiento 2: Al finalizar el año 2011, el porcentaje de prorrata definitiva es del 70%, un 10% superior a la provisional. Haremos el asiento de ajuste (10% sobre 54.000).
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Asiento 3: Si se tratara de compra de mercaderías no se realizarían más ajustes, pero como es compra de bienes de inversión debemos controlar el % de prorrata de los cuatro ejercicios siguientes para realizar los ajustes cada año. Al finalizar el año 2012 el % de prorrata definitiva es del 49%. Se realizan los siguientes cálculos: Ajuste = (Deducción año compra - Deducción año regularización ) / 5 = (60% x 54000 - 49% x 54000)/5 = 1.188.
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Asiento 4: El porcentaje de prorrata en el 2013 es el 48%.
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Asiento 5: El porcentaje de prorrata en el 2014 es el 75%.
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