Asiento 1: El 30 de Noviembre de 2011, recibimos una fianza de 500 Euros del arrendatario de una nave industrial con el que hemos firmado un contrato de alquiler a un año.Como es una PYME el PGC no nos exige que actualicemos su valor por el tipo de interés, si no lo fuera, tendríamos que hacerlo.
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Asiento 2: El 30 de Noviembre del 2012 devolvemos la fianza.
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