EJEMPLO
 
Autoconsumo para uso de la empresa. Empresa sujeta a prorrata. ( Ejemplo 1242 )
 
Asiento 1: Una empresa constructora ha edificado un inmueble con un coste de 5.000.000 de euros para uso como oficinas centrales. La empresa está sujeta a prorrata. La prorrata provisional del año es del 70%. Esta operación es un autoconsumo, por lo que devenga IVA. Puesto que el destinatario de la operación es la propia empresa, debe registrar tanto un IVA repercutido, como uno soportado. Al estar la empresa sujeta a prorrata, sólo podrá registrar como IVA soportado la parte deducible, mientras que el resto incrementa el valor de adquisición del inmueble.

Cuenta
Concepto
Debe
Haber
Construcciones
5.270.000
 
Hacienda Pública, IVA soportado
630.000
 
Trabajos realizados para el inmovilizado material
 
5.000.000
Hacienda Pública, IVA repercutido
 
900.000

 
Nota: Pulse sobre la cuenta o el concepto para obtener más información sobre la misma.
 
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